Orden de 26 de junio de 1995 por la que se regula la organización y funcionamiento de las Comisiones Mixtas de Coordinación de la Seguridad Privada.
¿Qué dice esta ley?
**Regulación de la Coordinación de la Seguridad Privada** Esta orden ministerial de 1995 establece cómo deben organizarse y funcionar las Comisiones Mixtas de Coordinación de la Seguridad Privada. Su objetivo principal es mejorar la colaboración entre la Administración y los diferentes actores del sector de la seguridad privada, incluyendo empresas, trabajadores y entidades que deben cumplir con medidas de seguridad específicas. Concretamente, la orden detalla la composición de la Comisión Mixta Central. Esta comisión, que tiene un carácter consultivo, está formada por representantes de la Administración General del Estado (como la Policía y la Guardia Civil), de las Comunidades Autónomas, de las entidades de crédito, de los trabajadores del sector, y de diversas empresas y establecimientos obligados a tener medidas de seguridad (como joyerías, farmacias o grandes empresas). La orden entró en vigor el 4 de julio de 1995, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Su propósito es asegurar una coordinación efectiva en materia de seguridad privada a nivel nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden de 26 de junio de 1995 surge de la necesidad de desarrollar el Reglamento de Seguridad Privada aprobado en 1994, concretamente la disposición que preveía la creación de Comisiones Mixtas de Coordinación. Antes de esta orden, la estructura y funcionamiento de estos órganos no estaban detallados. A diferencia de otras normativas que podrían ser más recientes o específicas de Comunidades Autónomas, esta orden establece un marco nacional. Su importancia radica en que define la estructura y los participantes de un órgano clave para la colaboración entre el Estado, las autonomías y el sector privado en la prevención y el control de la seguridad, afectando a la forma en que se coordinan las políticas y medidas de seguridad privada en España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────