Resolución de 23 de mayo de 1995, de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se desarrolla la Orden de 3 de abril de 1995, sobre uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas y trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social.
¿Qué dice esta ley?
**Digitalización de trámites de la Seguridad Social** Esta normativa permite que las empresas, en lugar de presentar documentos en papel, puedan enviar información sobre sus trabajadores y sus cotizaciones a la Seguridad Social a través de medios electrónicos e informáticos. Esto incluye datos para la inscripción, altas, bajas y variaciones de los empleados, así como las liquidaciones de cuotas. Lo que cambia concretamente es que se abre la puerta a la presentación de la información de forma digital, utilizando soportes informáticos o conexiones electrónicas. Las empresas que deseen hacerlo deberán solicitar una autorización previa para poder utilizar estos nuevos métodos de comunicación con la Tesorería General de la Seguridad Social. Esta resolución entra en vigor a partir de su publicación, permitiendo la progresiva implantación de estos sistemas digitales para mejorar la gestión y agilizar el tratamiento de los datos relacionados con la Seguridad Social. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta resolución de 1995 es un hito en la digitalización de la Seguridad Social en España, sentando las bases para la presentación telemática de información. Antes de esto, la mayoría de los trámites se realizaban en papel, lo que implicaba procesos más lentos y costosos. La normativa se alinea con la tendencia europea de modernización administrativa y la adopción de tecnologías de la información. Su importancia radica en ser una de las primeras normativas nacionales en permitir explícitamente el uso de medios electrónicos para operaciones clave de la Tesorería General de la Seguridad Social, anticipando la transformación digital que hoy damos por sentada. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────