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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de noviembre de 1995 por la que se fijan los módulos e índices correctores del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para el año 1996, correspondientes a los sectores comprendidos en el artículo 37.1.2. del Reglamento del citado impuesto.

BOE-A-1995-25892Publicada: 30/11/1995MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas reglas para autónomos y pequeñas empresas en el IVA de 1996** Esta orden ministerial establece las cantidades y factores que se usarán para calcular el IVA de forma simplificada durante el año 1996. Está pensada para pequeños negocios y autónomos que no necesitan llevar una contabilidad compleja del IVA, facilitando así sus obligaciones fiscales. Afecta a aquellos que se acogen a este régimen especial simplificado del IVA. Lo que cambia concretamente es la actualización de los módulos e índices correctores que se venían utilizando. Estos valores se ajustan para reflejar la evolución esperada de las actividades económicas durante el próximo año. El objetivo es que el cálculo del IVA simplificado sea lo más cercano posible a la realidad de cada sector de actividad. La orden entra en vigor para el año 1996, es decir, a partir del 1 de enero de 1996. Los empresarios y profesionales que quieran renunciar a este régimen simplificado para el año 1996 tienen de plazo hasta el 31 de diciembre de 1995 para comunicarlo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1995 actualiza los módulos e índices para el régimen simplificado del IVA del año siguiente, una práctica habitual para adaptar la tributación a la realidad económica. Antes de esta norma, ya existían órdenes similares que fijaban estos parámetros anualmente. El régimen simplificado del IVA, que permite a muchos pequeños empresarios y autónomos calcular su cuota tributaria de forma más sencilla, se diferencia de otros sistemas de estimación objetiva del IRPF. La aprobación de estos módulos es competencia del Ministerio de Economía y Hacienda y debe realizarse antes del 1 de diciembre para ser aplicable al año siguiente, garantizando así la seguridad jurídica y la planificación fiscal de los contribuyentes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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