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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 25 de enero de 1996 por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante 1996 y enero de 1997 y se delegan determinadas facultades en los Subdirectores Generales de Deuda Pública y de Financiación Exterior de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

BOE-A-1996-1860Publicada: 30/01/1996MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**El Estado crea deuda para financiarse en 1996** Esta orden ministerial autoriza al Ministerio de Economía y Hacienda a crear deuda pública, es decir, a pedir prestado dinero al público o a otras entidades, para financiar las necesidades del Estado durante el año 1996 y hasta enero de 1997. Es una forma que tiene el gobierno de conseguir fondos para cubrir sus gastos. Lo que cambia concretamente es que se establecen las bases y los límites para que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera pueda emitir esta deuda. Se mantienen criterios similares a los de años anteriores para asegurar la estabilidad en la gestión de las finanzas públicas y se delegan facultades específicas en los Subdirectores Generales para agilizar estos procesos. Esta orden entra en vigor el 30 de enero de 1996, fecha de su publicación, y su aplicación se extiende durante todo el año 1996 y hasta enero de 1997, en línea con la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 25 de enero de 1996 se enmarca en la necesidad del Estado de gestionar su financiación a través de la emisión de deuda pública. Previamente, la Ley General Presupuestaria y autorizaciones específicas del Gobierno, como la de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1995 prorrogada para 1996, facultaban al Ministro de Economía y Hacienda para esta labor. Esta normativa nacional se alinea con prácticas comunes en otros países de la Unión Europea para la gestión de la deuda soberana. La aprobación de esta orden, que delega facultades en la Dirección General del Tesoro, es crucial para garantizar la liquidez del Estado y mantener la confianza de los mercados financieros en la solvencia de la deuda pública española. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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