Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 2/2016, de 27 de septiembre, para la modificación de la Ley 6/2002, de 12 de junio, sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma.

BOE-A-2016-10360Publicada: 10/11/2016Comunidad Autónoma de Canarias

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Esta ley modifica la Ley 6/2002, que establecía normas especiales para ordenar la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma. La ley anterior creó un sistema especial para estas islas, permitiéndoles desarrollar el turismo de forma particular, diferente al resto de Canarias. Esta nueva ley de 2016 actualiza y ajusta esas normas para adaptarlas a las necesidades económicas y sociales actuales. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a los residentes, empresarios y administraciones públicas de El Hierro, La Gomera y La Palma. Estas islas tienen economía débil, desempleo alto, población envejecida y emigración de jóvenes. El turismo es considerado la alternativa principal de crecimiento económico para estas islas, por lo que la ley busca facilitar su desarrollo mediante cambios en las normas que regulan cómo se pueden construir y ubicar establecimientos turísticos. **¿Qué cambia o establece?** La ley simplifica y flexibiliza los requisitos para construir establecimientos turísticos pequeños y medianos en suelo rústico y asentamientos agrícolas. Racionaliza la cantidad de terreno requerido por plaza turística para que el modelo sea realista y viable. Agiliza procedimientos administrativos y clarifica responsabilidades entre el Gobierno de Canarias, los Cabildos y los Ayuntamientos, permitiendo que operadores turísticos actúen en plazos razonables y previsibles, facilitando así el crecimiento turístico sostenible.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 6/2002 de Canarias establecía requisitos estrictos y protecciones territoriales para el turismo en estas tres islas con economía vulnerable. La reforma de 2016 flexibiliza esos estándares, permitiendo construcciones en suelo rústico y asentamientos agrícolas con menor superficie requerida por plaza turística. A diferencia de otras CCAA con regímenes turísticos más uniformes, Canarias mantiene un enfoque diferenciado para territorios deprimidos, alineado con directrices de cohesión territorial de la UE. Esta modificación, aprobada por el Parlamento de Canarias, responde a la necesidad de generar empleo en regiones con desempleo estructural elevado. El ciudadano se beneficia potencialmente de nuevas oportunidades laborales y servicios turísticos accesibles, aunque presenta riesgos de presión ambiental sin garantías suficientes de sostenibilidad en territorios frágiles.

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