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ResoluciónNacionalvigente

Corrección de errores de la Resolución de 27 de octubre de 2016, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.

BOE-A-2016-11913Publicada: 16/12/2016MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una corrección de errores de una resolución anterior publicada en el Boletín Oficial del Estado. La resolución original trataba sobre cómo aplicar una ley española que regula los tratados y acuerdos internacionales. Esta corrección enmienda un dato específico que estaba equivocado en esa publicación. **¿A quién afecta?** Afecta a cualquier persona, empresa u organización que necesite consultar información sobre los tratados internacionales que España ha firmado, especialmente respecto a Noruega. También afecta a instituciones públicas y abogados que trabajan con legislación internacional. **¿Qué cambia o establece?** Corrige la fecha de entrada en vigor de un acuerdo con Noruega. Donde decía que entraba en vigor el 01 de julio de 2017, ahora establece que la fecha correcta es el 01 de julio de 2016. El acuerdo fue firmado y ratificado el 30 de marzo de 2016.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 25/2014 sobre Tratados y Acuerdos Internacionales estableció un marco de control y aplicación de compromisos internacionales que centralizó en el nivel estatal la gestión de tratados, sistema que comparte elementos con normativas de otras CCAA aunque la competencia es exclusivamente estatal. Esta resolución de la Secretaría General Técnica, aprobada por el ejecutivo español, corrige un error material en la fecha de entrada en vigor del Acuerdo con Noruega (2016 en lugar de 2017), subsanando un defecto de publicación que potencialmente afectaba la certeza jurídica del tratado y su aplicabilidad. La corrección reviste importancia para ciudadanos y empresas porque determina desde cuándo los derechos y obligaciones derivadas del acuerdo tienen vigencia efectiva, impactando en relaciones comerciales, seguridad social transfronteriza y cooperación bilateral. A diferencia de otros estados europeos con sistemas más descentralizados, España mantiene este control centralizado de tratados internacionales, lo que asegura uniformidad pero requiere precisión en su publicación oficial.

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