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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 11 de febrero de 1997 sobre índices de precios de mano de obra y materiales correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre de 1996 aplicables a la revisión de precios de contratos de las Administraciones Públicas.

BOE-A-1997-3169Publicada: 13/02/1997MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de costes para contratos públicos** Esta orden ministerial establece los índices oficiales de los precios de la mano de obra y de diversos materiales. Estos índices son fundamentales para ajustar el coste de los contratos que las administraciones públicas tienen firmados con empresas. Su objetivo es reflejar las variaciones del mercado en el momento de la ejecución del contrato. Concretamente, se publican los valores de la mano de obra y de materiales como cemento, acero, energía o madera, correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre de 1996. Estos datos permiten recalcular el precio de los contratos si las condiciones económicas han cambiado desde su firma, asegurando que el coste se mantenga justo para ambas partes. La orden fue aprobada el 23 de enero de 1997 y publicada el 13 de febrero de 1997. Los índices que se detallan son para el tercer trimestre de 1996, lo que significa que su aplicación retroactiva se realiza sobre contratos vigentes en ese periodo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la revisión de precios en los contratos de las Administraciones Públicas se basaba en índices que reflejaban las fluctuaciones económicas. Esta normativa, de ámbito nacional, se alinea con mecanismos similares en otras Comunidades Autónomas y en la Unión Europea, aunque cada territorio puede tener sus particularidades. La aprobación recae en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, lo que subraya la relevancia de estos índices para la estabilidad financiera de los proyectos públicos. Su publicación es crucial para garantizar la transparencia y la equidad en la ejecución de contratos, evitando sobrecostes o pérdidas injustificadas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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