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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 8 de abril de 1997, de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de la Salud, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros que modifica las cuantías que en concepto de complemento de atención continuada perciben los Facultativos de Atención Especializada por la realización de guardias médicas.

BOE-A-1997-9225Publicada: 29/04/1997MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Mejora en el pago de guardias médicas para especialistas** Esta orden ministerial, publicada en 1997, actualiza las cantidades que los médicos especialistas del antiguo Instituto Nacional de la Salud (INSALUD) recibían por realizar guardias médicas. El objetivo era ajustar la compensación económica por la atención continuada que prestaban fuera de su horario habitual. Lo que cambia concretamente es el valor de la hora de guardia. Se incrementa en una sexta parte, pasando de 1.525 pesetas por hora a 1.779 pesetas por hora. Este nuevo importe se aplica a partir del 1 de enero de 1997 para los facultativos que no se acogieran a otras condiciones laborales previamente establecidas. La medida entró en vigor tras su publicación oficial, con efectos retroactivos desde principios de 1997. Afecta directamente a los médicos especialistas que prestaban servicios en las instituciones sanitarias dependientes del INSALUD y realizaban guardias para garantizar la atención continuada a los pacientes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta resolución de 1997 actualiza el complemento de atención continuada para facultativos de atención especializada, modificando el valor de la hora de guardia médica. Antes de este acuerdo, el sistema de pago se basaba en un prorrateo semestral. La medida surge de un pacto entre el INSALUD y sindicatos sanitarios, aprobado por el Consejo de Ministros, y se enmarca en la normativa estatal sobre retribuciones del personal estatutario. A diferencia de otras comunidades autónomas que ya podían tener sistemas propios, esto unifica y mejora las condiciones a nivel nacional para los facultativos del INSALUD, siendo relevante para la retribución de un colectivo esencial en la sanidad pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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