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ResoluciónNacionalvigente

Decreto 72/2016, de 23 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles para el año 2017 a efectos del cómputo administrativo.

BOE-A-2017-493Publicada: 17/01/2017COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Este decreto establece cuáles son los días en los que la Administración no atiende trámites administrativos durante el año 2017 en las Islas Baleares. Estos días inhábiles se utilizan para contar los plazos en que deben resolverse los procedimientos administrativos. No son días hábiles los sábados, domingos, las fiestas nacionales y autonómicas, ni las fiestas locales de cada municipio. **¿A quién afecta?** Afecta a los ciudadanos y empresas que tramiten asuntos ante la Administración de las Islas Baleares y sus municipios. También afecta a la sede electrónica de la Comunidad Autónoma. Sin embargo, esta clasificación de días no obliga necesariamente a cerrar las oficinas públicas ni cambia el horario de trabajo de los empleados públicos. **¿Qué cambia o establece?** El decreto fija doce fiestas inhábiles comunes para toda la comunidad (Epifanía, Día de Baleares, Semana Santa, entre otras) más las fiestas locales específicas de cada municipio. Estos días no se cuentan en los plazos administrativos. La sede electrónica de la Administración balear solo considerará inhábiles los doce días comunes y los sábados y domingos, mientras que las fiestas locales serán días hábiles en la sede electrónica.

💬 Contexto ciudadano

El Decreto 72/2016 balear se enmarca en el sistema de cómputo administrativo que todas las comunidades autónomas establecen anualmente, conforme a la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común que exige descontar días inhábiles de los plazos. Mientras otras CCAA como Cataluña o Valencia aprueban decretales equivalentes, la particularidad balear radica en la dualidad de criterios: doce fiestas comunes rigen tanto para administración presencial como telemática, pero las fiestas locales municipales solo interrumpen plazos en vía presencial, permaneciendo hábiles en sede electrónica. Esta solución responde a la creciente virtualización administrativa post-2015, aunque genera complejidad interpretativa. La relevancia ciudadana es operativa: el calendario determina cuándo efectivamente vence un plazo administrativo, afectando presentaciones, recursos y trámites ante municipios y administración autonómica balear.

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