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Ley 11/2016, de 15 de diciembre, de acción concertada para la prestación a las personas de servicios de carácter social y sanitario.

BOE-A-2017-491Publicada: 17/01/2017Comunidad Autónoma de Aragón

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Esta Ley regula la "acción concertada", que es una forma de trabajar entre la Administración pública de Aragón y entidades sin ánimo de lucro para prestar servicios sociales y sanitarios a las personas. Se diferencia de los contratos públicos tradicionales porque no busca beneficio empresarial, sino que las entidades recuperan solo los costes de lo que gastan. **¿A quién afecta?** Afecta a las entidades sin ánimo de lucro que colaboran con la Administración de Aragón para prestar servicios sociales y sanitarios, así como a las personas que reciben estos servicios. También afecta a la Administración pública, que obtiene nuevas opciones para organizar estos servicios sin necesidad de seguir siempre las reglas de contratación pública. **¿Qué cambia o establece?** La Ley establece que la acción concertada es diferente de la contratación pública y solo puede usarse con entidades sin ánimo de lucro. Estas entidades recibirán remuneración solo para cubrir sus costes, sin beneficio empresarial. Prioriza la participación de organizaciones solidarias en la prestación de servicios sociales y sanitarios, y obliga a que los costes sean transparentes y publicados regularmente.

💬 Contexto ciudadano

# Contexto comparativo Antes de 2016, Aragón carecía de regulación específica sobre acción concertada, recurriéndose a convenios o contratación pública tradicional sin marco claro para diferenciar servicios con entidades sin ánimo de lucro. Esta Ley alinea a Aragón con otras CCAA (Cataluña, País Vasco, Andalucía) que ya disponían de normas similares, integrando la excepción que la Directiva 2014/24/UE reconoce para servicios sociales. La acción concertada como figura específica de financiación sin margen de beneficio es ampliamente aceptada en el contexto autonómico, aunque la regulación varía por comunidad. Para el ciudadano es relevante porque establece transparencia en costes de servicios esenciales —sanidad y servicios sociales— que recibe de entidades colaboradoras financiadas públicamente, evitando que fondos destinados a colectivos vulnerables se destinen a márgenes empresariales, garantizando además igualdad entre usuarios en diferentes territorios autonómicos.

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