Orden MinisterialNacionalvigente

Orden DEF/8/2017, de 9 de enero, por la que se modifica la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.

BOE-A-2017-429Publicada: 16/01/2017MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Esta orden modifica el procedimiento para que los ciudadanos españoles puedan realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España. Establece la creación de un registro centralizado llamado REJUPROES para recopilar y gestionar los datos de quienes realizan este acto, y fija las condiciones para renovarlo. **¿A quién afecta?** Afecta a los ciudadanos españoles que deseen prestar juramento o promesa ante la Bandera, tanto quienes residen en España como quienes viven en el extranjero. También afecta a las unidades militares, delegaciones de Defensa y agregadurías de Defensa que deben registrar y gestionar estas solicitudes. **¿Qué cambia o establece?** Crea un registro centralizado de datos personales de los ciudadanos que realizan el juramento o promesa. Establece que debe pasar un mínimo de veinticinco años entre la prestación inicial y su renovación, excepto en circunstancias extraordinarias. Define qué datos se registran (DNI, domicilio, teléfono, correo, lugar elegido, entre otros) y asigna a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa la responsabilidad de gestionar este registro con medidas de confidencialidad y seguridad. También regula el procedimiento especial para españoles residentes en el extranjero.

💬 Contexto ciudadano

La Orden DEF/8/2017 supone la centralización del procedimiento que anteriormente gestionaban descentralizadamente las unidades militares y delegaciones de Defensa. Esta modernización mediante el registro REJUPROES alinea España con prácticas administrativas de otros Estados europeos que digitalizan servicios ciudadanos, aunque la competencia en juramentos patrimoniales permanece como materia estatal exclusiva sin paralelismo en legislaciones autonómicas. La norma destaca por facilitar el acceso a españoles residentes en el extranjero, estableciendo estándares uniformes frente a la disparidad previa. Para el ciudadano resulta relevante por consolidar la seguridad jurídica del acto, fijar un límite de renovación cada 25 años y garantizar confidencialidad en gestión de datos personales, aunque posteriormente el RGPD 2018 introduciría exigencias adicionales en protección de datos que esta orden inicial no contemplaba plenamente.

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