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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 26 de junio de 1997 sobre el Régimen de las Fianzas de los Corredores Colegiados de Comercio.

BOE-A-1997-14853Publicada: 04/07/1997MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Cambio en dónde los corredores de comercio depositan sus fianzas** Esta orden ministerial explica dónde deben depositar su dinero los corredores de comercio para poder ejercer su profesión. Anteriormente, debían hacerlo en la Caja General de Depósitos o el Banco de España. Ahora, la norma cambia este requisito para adaptarlo a una nueva regulación sobre depósitos. Lo que cambia concretamente es que los corredores de comercio, antes de poder colegiarse y ejercer, deberán depositar su fianza en la entidad de crédito que cada Colegio de Corredores designe. Los Colegios tienen un mes para comunicar qué entidad han elegido. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Los corredores que ya hubieran depositado sus fianzas antes de esta orden podrán gestionar su retirada y reintegro. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 1997 actualiza el régimen de las fianzas de los Corredores de Comercio, adaptándolo a la nueva normativa sobre la Caja General de Depósitos. Antes, estas fianzas se depositaban obligatoriamente en organismos públicos como la Caja General de Depósitos o el Banco de España, según establecía el Código de Comercio y reglamentos posteriores. Con la entrada en vigor del Real Decreto 161/1997, que aprueba el nuevo Reglamento de la Caja General de Depósitos, se modificó la forma de realizar estas consignaciones. La nueva orden permite que los Colegios de Corredores designen entidades de crédito para la constitución de estas fianzas, lo que supone una descentralización y una adaptación a la gestión privada de los depósitos, algo que no es exclusivo de España sino una tendencia en la regulación de profesiones colegiadas a nivel europeo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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