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ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas aprobadas en París el 28 de noviembre de 2016 al Anexo I, Listas de sustancias y métodos prohibidos de 2017, de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte, hecha en París el 18 de noviembre de 2005.

BOE-A-2017-306Publicada: 11/01/2017MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una lista actualizada de sustancias y métodos prohibidos en el deporte que entró en vigor el 11 de enero de 2017. La lista prohíbe drogas, hormonas y procedimientos que mejoran el rendimiento deportivo de manera artificial. Incluye esteroides anabolizantes, hormonas de crecimiento, agentes que aumentan glóbulos rojos, estimulantes y otros métodos no permitidos. **¿A quién afecta?** Afecta a todos los atletas y deportistas que participan en competiciones deportivas regidas por las normas antidopaje internacionales. También afecta a entrenadores, médicos y personal de equipos que trabajen con estos deportistas, ya que no pueden proporcionar estas sustancias prohibidas. **¿Qué cambia o establece?** Establece cuáles son las sustancias y métodos prohibidos en todo momento, tanto dentro como fuera de competiciones. Algunas sustancias tienen excepciones con límites de dosis permitidos, como el salbutamol inhalado hasta 1.600 microgramos en 24 horas. Cualquier deportista que use estas sustancias sin autorización será sancionado por dopaje.

💬 Contexto ciudadano

Antes de estas enmiendas de 2016, existía la Convención de París de 2005 con listas antidopaje menos exhaustivas que se actualizaban anualmente. Este anexo modificado alinea la normativa española con el Código Mundial Antidopaje de la WADA, igualando los requisitos de todos los países firmantes y armonizándose con la Directiva 2008/100/CE de la UE. Prácticamente todos los estados la han ratificado, lo que crea un estándar internacional único: ninguna CCAA puede establecer listados propios ni excepciones. Para el ciudadano-deportista importa porque garantiza competencia justa entre atletas, estandariza sanciones globales y protege su salud al prohibir sustancias nocivas; además, reconoce algunos usos terapéuticos legales con limitaciones dosis, evitando criminalizaciones innecesarias de medicamentos legítimos.

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