Real Decreto-leyNacionalvigente

Real Decreto-ley 27/1997, de 12 de diciembre, por el que se conceden créditos extraordinarios por importe total de 8.956.161.394 pesetas para atender obligaciones derivadas de gastos corrientes en bienes y servicios, inversiones y otros gastos del Ministerio del Interior.

BOE-A-1997-26767Publicada: 13/12/1997JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

**Créditos Extraordinarios para el Ministerio del Interior** Este Real Decreto-ley concede una cantidad adicional de dinero, llamada crédito extraordinario, al Ministerio del Interior. El objetivo es poder pagar deudas y gastos que se generaron en años anteriores pero que no se pudieron incluir en los presupuestos de esos años. Estas deudas corresponden a gastos en bienes y servicios, intereses por retrasos en los pagos e inversiones necesarias para el funcionamiento del ministerio. Lo que cambia concretamente es que se autoriza una partida presupuestaria específica para cubrir estas obligaciones pendientes. Sin esta medida, el Ministerio del Interior no podría hacer frente a estos pagos, lo que podría generar problemas legales o perjuicios a quienes tienen derecho a recibir ese dinero. La ley permite que el Estado asuma estos gastos excepcionales. El Real Decreto-ley entró en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el 13 de diciembre de 1997. Esto significa que la concesión de estos fondos fue inmediata para poder atender las obligaciones pendientes de pago. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto-ley, la Ley General Presupuestaria establecía que los gastos debían imputarse al ejercicio presupuestario en el que se realizaban, con excepciones muy concretas. El Ministerio del Interior se encontraba con obligaciones de ejercicios anteriores que no cumplían estos requisitos y que no podían ser aplazadas sin causar perjuicio a terceros. La normativa actual en España, al igual que en la mayoría de las administraciones públicas europeas, exige una estricta disciplina presupuestaria. Este Real Decreto-ley, aprobado por el Gobierno y con rango de ley, resuelve una situación excepcional para evitar demoras en pagos y garantizar el cumplimiento de las obligaciones financieras del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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