Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 5/1998, de 6 de marzo, de incorporación al Derecho español de la Directiva 96/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos.

BOE-A-1998-5568Publicada: 07/03/1998JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

**Protección de tus datos y creaciones digitales** Esta ley busca proteger las bases de datos, que son colecciones de información organizadas y accesibles. Esto incluye desde directorios hasta grandes bases de datos en internet. Su objetivo es asegurar que quienes invierten tiempo y recursos en crear y mantener estas bases de datos tengan una protección legal adecuada, evitando que otros las copien o utilicen sin permiso. Lo que cambia es que se introduce un nuevo tipo de protección, además de la ya existente por derechos de autor. Esta nueva protección, llamada "sui generis", se otorga a la inversión realizada en la obtención, verificación y presentación de los datos, incluso si la base de datos en sí no es considerada una obra original. Esto significa que tanto la estructura como el contenido de las bases de datos pueden ser protegidos. Esta ley entró en vigor el 7 de marzo de 1998. Su propósito principal fue adaptar la legislación española a una normativa europea que buscaba armonizar la protección de las bases de datos en todos los países miembros de la Unión Europea, facilitando así el comercio y el acceso a la información a nivel comunitario. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la protección de las bases de datos en España se basaba principalmente en el derecho de autor, que exigía originalidad en la selección o disposición de los contenidos. La Directiva 96/9/CE buscó armonizar esta protección en toda la Unión Europea, ante las disparidades existentes entre los Estados miembros que dificultaban el mercado interior. España, al ser miembro de la UE, debía incorporar esta directiva. La ley se integró en el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual para unificar la normativa. Esta incorporación es relevante porque establece un marco legal claro para un sector cada vez más importante, garantizando la inversión y fomentando la innovación en la creación y gestión de bases de datos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

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