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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 20 de mayo de 1998 por la que se da cumplimiento a la Decisión de la Comisión de las Comunidades Europeas de 27 de octubre de 1997 (97/828/CE) sobre la aplicación de la Directiva 72/166/cee del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de la responsabilidad civil resultante de la circulación de vehículos automóviles y sobre el control de la obligación de asegurar dicha responsabilidad, en relación con la ampliación a Eslovenia del Co

BOE-A-1998-12558Publicada: 30/05/1998MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Circulación de vehículos entre España y Eslovenia: seguro obligatorio** Esta orden ministerial adapta la normativa española para cumplir con una decisión europea. Básicamente, establece que el seguro obligatorio de tu coche en España también te cubre si circulas por Eslovenia, y viceversa. Esto se hace para facilitar la libre circulación de vehículos entre ambos países, garantizando que los conductores tengan siempre un seguro válido. Lo que cambia concretamente es que los vehículos eslovenos que entren en España ya no serán controlados en frontera respecto a su seguro obligatorio, siempre que cumplan con los convenios internacionales. De igual manera, los vehículos españoles con seguro obligatorio en vigor tendrán cobertura automática en Eslovenia. El objetivo es simplificar los trámites y asegurar la protección de las víctimas de accidentes. La medida, aunque la orden se publica en 1998, tiene efectos desde el 1 de noviembre de 1997, que es cuando entró en vigor la decisión europea que se está aplicando. Por lo tanto, desde esa fecha, la cobertura del seguro se amplió para incluir el territorio esloveno. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la normativa española ya preveía la exclusión de controles fronterizos para vehículos de países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo si estaban adheridos a un convenio multilateral de garantía. Esta orden concreta esa previsión para Eslovenia, tras su adhesión al convenio y en cumplimiento de una decisión de la Comisión Europea. La normativa europea busca la armonización de las legislaciones sobre seguros de vehículos a motor para facilitar la circulación transfronteriza. España, al ser miembro de la UE, debe implementar estas directivas. La importancia radica en garantizar la cobertura de responsabilidad civil para todos los ciudadanos que circulen por territorio europeo, independientemente de su país de origen. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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