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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 12/2005, de 14 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 293/2003, de 7 de marzo, relativo a la utilización de determinados derivados epoxídicos en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.

BOE-A-2005-1361Publicada: 27/01/2005MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Mayor control sobre envases de alimentos que usan plásticos epoxídicos** Este Real Decreto modifica una normativa anterior para mejorar la seguridad de los envases y utensilios que entran en contacto con alimentos. Se trata de plásticos especiales, llamados derivados epoxídicos, que se usan como recubrimientos. El objetivo es evitar que sustancias químicas de estos plásticos pasen a la comida, lo que podría ser perjudicial para la salud. Lo que cambia principalmente es la ampliación del plazo para el uso de una sustancia concreta, el BADGE, en la fabricación de estos materiales. Anteriormente, su uso estaba limitado hasta finales de 2004, pero ahora se permite hasta finales de 2005, mientras se siguen evaluando sus efectos y se presentan nuevos datos científicos. Esta modificación entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La medida busca garantizar que los materiales que contienen estos plásticos sean seguros para el consumo, adaptándose a las recomendaciones científicas y a la normativa europea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 293/2003 ya establecía un control estricto sobre ciertos derivados epoxídicos (BADGE, BFDGE, NOGE) en materiales en contacto con alimentos, basándose en la Directiva europea 2002/16/CE. Estos plásticos, si no se formulan o aplican correctamente, pueden migrar sustancias tóxicas a los alimentos. La normativa española, al igual que otras en la UE, optó por un sistema de 'listas positivas' para autorizar solo sustancias específicas con límites de migración controlados. Este Real Decreto 12/2005 extiende temporalmente la autorización del BADGE, atendiendo a la necesidad de más estudios toxicológicos solicitados por comités científicos, lo que subraya la importancia de la seguridad alimentaria y la armonización regulatoria europea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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