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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden EHA/257/2005, de 3 de febrero, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección que conmemoran el IV Centenario de la primera edición de «El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha».

BOE-A-2005-2380Publicada: 15/02/2005MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Monedas conmemorativas del Quijote** Esta orden ministerial autoriza la creación y venta de monedas especiales para celebrar el IV Centenario de la primera publicación de «El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha». Estas monedas no son para el uso diario, sino para coleccionistas, y se distinguen de las monedas normales por su material (suelen ser de metales preciosos), su valor y su diseño. Concretamente, se emitirán monedas de colección dedicadas a la obra de Cervantes. Algunas de ellas mostrarán motivos relacionados con la primera parte de la novela, mientras que otra incluirá una referencia a la segunda parte, representada por el caballo Clavileño. Estas monedas tendrán características físicas (como el color, peso o diámetro) que las diferenciarán claramente de las monedas que usamos habitualmente. La decisión de emitir estas monedas se tomó en 2005, coincidiendo con el aniversario de la obra. La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre es la encargada de acuñarlas y venderlas, siguiendo las directrices marcadas por el Ministerio de Economía y Hacienda. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La normativa europea, a través de una Comunicación de la Comisión, estableció un procedimiento común para modificar el diseño de las caras nacionales de las monedas en euros. España transpuso esta directiva en 2003, modificando la Ley de Coleccionismo de Monedas. Antes, las monedas conmemorativas no estaban tan claramente definidas. Ahora, las monedas de colección en euros, destinadas a coleccionistas y acuñadas en metales preciosos, deben diferenciarse de las circuladas en al menos dos de tres características: color, peso o diámetro. Esta orden ministerial, aprobada por el Ministerio de Economía y Hacienda, es un ejemplo de cómo se aplica esta regulación nacional para emitir piezas únicas, en este caso, para conmemorar un hito cultural español. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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