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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden EHA/3536/2005, de 10 de noviembre, de determinación de derechos de crédito futuros susceptibles de incorporación a fondos de titulización de activos y de habilitación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para dictar reglas específicas en materia de contabilidad y obligaciones de información aplicables a los fondos de titulización de activos y sus sociedades gestoras.

BOE-A-2005-18770Publicada: 16/11/2005Ministerio de Economía y Hacienda

¿Qué dice esta ley?

**Nuevos derechos de cobro podrán ser usados para obtener financiación** Esta orden ministerial aclara qué tipos de derechos de cobro que aún no se han materializado (derechos de crédito futuros) pueden ser utilizados para crear instrumentos financieros llamados fondos de titulización. Estos fondos permiten agrupar estos derechos y vender participaciones en ellos a inversores, generando así liquidez para quien cede los derechos. Concretamente, la orden amplía la lista de derechos de cobro futuros que pueden ser incluidos en estos fondos, más allá de los peajes de autopistas que ya se contemplaban. También establece las condiciones bajo las cuales estos derechos pueden ser cedidos y otorga a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) la potestad de definir normas contables y de información para estos fondos. Esta normativa entró en vigor el 16 de noviembre de 2005, fecha posterior a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la regulación de los fondos de titulización de activos en España, establecida por el Real Decreto 926/1998, permitía la titulización de derechos de crédito ya existentes y, de forma muy limitada, de derechos de cobro futuros como los peajes de autopistas. La presente Orden EHA/3536/2005 amplía significativamente el abanico de derechos de crédito futuros susceptibles de ser titulizados, incluyendo aquellos derivados de contratos con administraciones públicas. Esta medida, pionera en su momento a nivel nacional, buscaba dinamizar el mercado de titulización español, ofreciendo una herramienta adicional para la obtención de financiación y la gestión de activos, en línea con tendencias observadas en otros mercados internacionales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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