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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden EHA/546/2006, de 21 de febrero, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación y pago de la tasa prevista en el artículo 23 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.

BOE-A-2006-3664Publicada: 02/03/2006MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Nueva forma de pagar la tasa de auditoría de cuentas** Esta orden ministerial establece un nuevo modelo para que los auditores de cuentas presenten y paguen una tasa específica. Esta tasa se creó hace años para financiar las actividades del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas relacionadas con la emisión de informes de auditoría. Concretamente, se aprueba un nuevo formulario que los auditores deberán utilizar para realizar su autoliquidación y el pago correspondiente. Este nuevo modelo actualiza las cantidades a pagar, reflejando los incrementos anuales que se han ido aplicando en las leyes de presupuestos generales del Estado desde 2004. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los auditores deberán empezar a usar este nuevo modelo de inmediato para cumplir con sus obligaciones fiscales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden EHA/546/2006 aprueba un modelo de autoliquidación y pago de la tasa de auditoría de cuentas, sustituyendo al modelo anterior aprobado en 2003. Esta tasa, creada por la Ley 19/1988 y desarrollada por Real Decreto, grava la emisión de informes de auditoría y su recaudación corresponde al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. Las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado han ido actualizando anualmente el importe de esta tasa. La orden es de ámbito nacional y su aprobación es competencia del Ministerio de Economía y Hacienda, alineándose con la normativa europea que busca la transparencia y supervisión en el ámbito de la auditoría de cuentas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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