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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden EHA/1439/2006, de 3 de mayo, reguladora de la declaración de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales.

BOE-A-2006-8467Publicada: 13/05/2006Ministerio de Economía y Hacienda

¿Qué dice esta ley?

**Declaración de movimientos de dinero para prevenir el blanqueo** Esta orden ministerial establece la obligación de declarar ciertos movimientos de dinero en efectivo o medios de pago. Su objetivo principal es prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, detectando y controlando el traslado de grandes sumas de dinero que podrían tener un origen ilícito. Concretamente, se fijan nuevas cantidades mínimas para que sea obligatorio declarar estos movimientos. Si entras o sales de España con 10.000 euros o más en efectivo, deberás declararlo. Para movimientos de dinero dentro del territorio español, el límite para la declaración es de 100.000 euros. Esta orden entró en vigor el 13 de mayo de 2006, estableciendo un marco regulatorio más estricto para el control de flujos de dinero y alineándose con normativas europeas e internacionales en la lucha contra el crimen financiero. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, el control de movimientos de dinero se basaba más en el control de cambios. La Orden EHA/1439/2006 surge de la necesidad de reforzar la prevención del blanqueo de capitales, impulsada por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la normativa europea (Reglamento CE 1889/2005). A diferencia de otros países o de la propia UE que establecen límites de 15.000 euros para movimientos transfronterizos, España fija 10.000 euros para entrada/salida y 100.000 euros para movimientos internos. Esta medida es crucial para que las autoridades tengan conocimiento de grandes flujos de efectivo y puedan investigar posibles actividades ilícitas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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