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ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas de 2014 al Código Internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten gases licuados a granel (Código CIG), adoptadas en Londres el 22 de mayo de 2014 mediante Resolución MSC.370(93).

BOE-A-2017-2923Publicada: 17/03/2017MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una resolución internacional que aprueba cambios y actualizaciones al Código Internacional para la Construcción y el Equipo de Buques que Transportan Gases Licuados a Granel (Código CIG). Esta norma establece las reglas técnicas y de seguridad que deben cumplir los barcos especializados en transportar gases licuados, como el gas natural licuado. **¿A quién afecta?** Afecta a todos los países que han firmado el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Convenio SOLAS), a las navieras que operan buques de transporte de gases licuados, y a los trabajadores y pasajeros que viajan en estas embarcaciones. También se aplica a las autoridades marítimas nacionales responsables de supervisar estas operaciones. **¿Qué cambia o establece?** La norma establece que las enmiendas al Código CIG se considerarán aceptadas el 1 de julio de 2015, a menos que más de un tercio de los gobiernos o un grupo de países cuyas flotas representen el 50 % del tonelaje mundial se opongan. Una vez aceptadas, las enmiendas entrarán en vigor el 1 de enero de 2016, obligando a todos los buques que transporten gases licuados a cumplir con las nuevas especificaciones técnicas y de seguridad establecidas en estas modificaciones.

💬 Contexto ciudadano

El Código CIG constituye la normativa técnica internacional para transporte marítimo de gases licuados desde su aprobación inicial por la Organización Marítima Internacional. Las enmiendas de 2014 representan la evolución obligatoria de estos estándares, vinculantes para todos los signatarios del Convenio SOLAS (más de 160 países, incluyendo España). Previamente existía un marco regulatorio establecido, pero estas enmiendas actualizan especificaciones técnicas y de seguridad acorde a avances tecnológicos e incidentes previos. A diferencia de normativas nacionales fragmentadas, el sistema OMI establece un régimen único aplicable a la flota internacional, eliminando disparidades regulatorias que complicaban operaciones transnacionales. España, como receptor relevante de gas natural licuado a través de sus regasificadoras y como Estado bandera de buques especializados, participa activamente en este marco. La importancia radica en que estas enmiendas minimizan riesgos de accidentes en el transporte de combustibles críticos para la seguridad energética europea, protegiendo simultáneamente vidas humanas, ecosistemas marinos y la viabilidad operativa del comercio internacional de gases licuados.

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