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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 18 de julio de 2006, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se determinan para el personal en fase de formación, conforme a lo dispuesto en la Orden de 14 de julio de 1995, las equivalencias entre materias para la obtención de los títulos, licencias y habilitaciones de pilotos de helicópteros civiles, entre dicha formación y la exigida en la Orden FOM/3811/2004, de 4 de noviembre. (JAR-FCL).

BOE-A-2006-14079Publicada: 03/08/2006MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

**Simplificación para pilotos de helicóptero en formación** Esta resolución aclara cómo se reconocen los estudios de pilotos de helicóptero que comenzaron su formación bajo una normativa anterior (Orden de 1995) y ahora deben cumplir con requisitos más recientes (Orden FOM/3811/2004). El objetivo es facilitar la transición y evitar que los aspirantes tengan que repetir materias ya cursadas. Lo que cambia concretamente es que se establecen equivalencias directas entre las asignaturas teóricas de la antigua y la nueva normativa. Esto significa que si un alumno ha aprobado una materia bajo la Orden de 1995, se le reconocerá su validez para la nueva Orden, siempre que no haya completado todos los requisitos antes de una fecha límite específica. La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Los aspirantes podrán solicitar estas equivalencias a partir de las primeras convocatorias de 2007, y las equivalencias concedidas serán válidas desde ese momento para el cómputo de tiempos exigidos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, los pilotos de helicóptero en formación debían navegar entre normativas distintas para obtener sus licencias. La Orden FOM/3811/2004 adoptó los requisitos europeos (JAR-FCL), pero la disposición transitoria requería una resolución específica para establecer equivalencias con la formación previa bajo la Orden de 1995. Esta medida, aprobada a nivel nacional por la Dirección General de Aviación Civil, es crucial para asegurar la continuidad formativa y evitar cargas administrativas innecesarias a los aspirantes, armonizando la formación aeronáutica española con estándares internacionales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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