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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PRE/876/2007, de 30 de marzo, por la que se modifican los anexos II de los Reales Decretos 569/1990, de 27 de abril, y 280/1994, de 18 de febrero, por los que se establecen los límites máximos de residuos plaguicidas y su control en determinados productos de origen animal y vegetal, respectivamente.

BOE-A-2007-7286Publicada: 06/04/2007MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de límites de pesticidas en alimentos** Esta orden ministerial actualiza las cantidades máximas permitidas de ciertos pesticidas que pueden quedar en alimentos de origen animal y vegetal. El objetivo es garantizar la seguridad alimentaria y cumplir con la normativa europea. Lo que cambia concretamente es la modificación de los anexos de dos reales decretos anteriores. Esto implica ajustar los límites máximos para una serie de sustancias plaguicidas, basándose en directivas europeas recientes que han revisado estos niveles. La orden entró en vigor el 6 de abril de 2007, fecha de su publicación, para asegurar que los controles sobre los residuos de pesticidas en los alimentos se ajustaran a las nuevas especificaciones europeas de manera inmediata. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, los límites máximos de residuos de plaguicidas en productos de origen animal y vegetal se regían por dos Reales Decretos de 1990 y 1994, cuyos anexos se actualizaban periódicamente. La normativa europea, a través de diversas directivas, ha ido modificando estos límites para adaptarlos a nuevos conocimientos científicos y a la introducción de nuevas sustancias. Esta orden ministerial, de ámbito nacional, incorpora al ordenamiento jurídico español las últimas directivas comunitarias, actualizando así los anexos de los reales decretos mencionados. Su importancia radica en armonizar la legislación nacional con la europea, garantizando un nivel de protección homogéneo para los consumidores en toda la Unión. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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