Resolución de 28 de marzo de 2017, de la Dirección General de Tráfico, por la que se corrigen errores en la de 2 de enero de 2017, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2017.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una corrección oficial de errores cometidos en una norma anterior de la Dirección General de Tráfico publicada el 14 de enero de 2017, que establecía medidas especiales para regular el tráfico durante 2017. **¿A quién afecta?** Afecta a conductores de vehículos que transportan mercancías perecederas, a quienes circulan por carreteras de Zamora en fechas específicas, a usuarios de autopistas y carreteras del norte de España (Guipúzcoa, Álava) y Andalucía, y a transportistas de mercancías peligrosas. **¿Qué cambia o establece?** Corrige cuatro errores: amplía la definición de mercancías perecederas para incluir frutas y verduras frescas con requisitos específicos de carga; añade tres nuevas fechas de restricción en Zamora (24 de abril, 5 de junio y 29 de junio); modifica los horarios de restricción en varias carreteras del norte de España del 5 de junio (de 24 horas a 22 horas); y cambia la designación de una carretera en las restricciones de mercancías peligrosas de N-433 a CA-36.
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta corrección existía la Resolución de 2 de enero de 2017 que regulaba restricciones de tráfico para ese año, pero contenía imprecisiones técnicas que requerían rectificación oficial. Aunque el transporte de mercancías perecederas y peligrosas está parcialmente armonizado por directivas europeas (como la 2008/68/CE), España mantiene potestad exclusiva sobre restricciones de tráfico en sus carreteras, sin que otras CCAA tengan normas de alcance comparable. Esta resolución de la DGT es vinculante nacionalmente. Para los ciudadanos importa porque afecta costes logísticos de transporte, disponibilidad de productos en regiones y seguridad vial, al regular el movimiento de mercancías peligrosas en corredores críticos durante períodos de máxima circulación.