Ley OrdinariaAutonómicovigente

Decreto-ley 1/2017, de 14 de febrero, por el que se crea y se regula el Registro de grupos de interés de Cataluña.

BOE-A-2017-3481Publicada: 31/03/2017Comunidad Autónoma de Cataluña

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** El Decreto-ley crea el Registro de grupos de interés de Cataluña, un instrumento público donde deben inscribirse todas las personas y organizaciones que realizan actividades de influencia o intermediación ante instituciones públicas. Este registro permite que los ciudadanos conozcan quién intenta influir en las decisiones de las administraciones y qué actividades realizan para ello. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las personas físicas y jurídicas que se dedican a actividades de influencia ante instituciones públicas catalanas. También obliga a inscribirse en el registro a la Administración de la Generalidad, entes locales, organismos del sector público, universidades públicas, colegios profesionales y corporaciones de derecho público, entre otras entidades que deben registrar los grupos de interés con los que se relacionan. **¿Qué cambia o establece?** Establece un único Registro de grupos de interés de Cataluña gestionado de forma centralizada por la Administración de la Generalidad, en lugar de que cada institución pública creara su propio registro. Esto evita que los grupos de interés tengan que registrarse en múltiples registros diferentes y garantiza una transparencia uniforme sobre quién intenta influir en las instituciones públicas catalanas.

💬 Contexto ciudadano

Antes de este decreto-ley, Cataluña carecía de un registro centralizado de grupos de interés, fragmentándose la información en sistemas dispares según cada institución pública. El decreto-ley 1/2017 avanza respecto al marco estatal, donde no existe un registro homogéneo de lobbistas, aunque algunas comunidades autónomas como Euskadi y la Comunidad de Madrid han implementado sistemas similares posteriores. A nivel europeo, directivas como la 2019/1937 sobre denuncia de irregularidades impulsan mayor transparencia en influencia corporativa, aunque sin mecanismos de registro obligatorio como el catalán. La relevancia ciudadana es directa: consolida el derecho a conocer quién negocia con el poder público y bajo qué intereses, reduciendo la captura regulatoria y mejorando la confianza institucional. Cataluña se posiciona así como pionera en transparencia de influencia en España, modelo que otras autonomías han estudiado posteriormente para sus propias regulaciones.

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