Orden MinisterialNacionalvigente

Orden EHA/564/2008, de 28 de febrero, por la que se modifica la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras.

BOE-A-2008-4204Publicada: 05/03/2008MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Clarificación sobre la valoración de inmuebles para fines financieros** Esta orden ministerial aclara cómo se deben valorar los inmuebles y derechos cuando se utilizan para ciertas operaciones financieras. El objetivo es asegurar que la valoración sea prudente y segura, especialmente cuando existe la posibilidad de que un inmueble sea expropiado por el Estado. Lo que cambia es que se especifica cuándo la posibilidad de una expropiación debe tenerse en cuenta en la valoración. Solo se considerará si el proceso de expropiación ya ha comenzado o si existe un plan urbanístico aprobado que prevea la ocupación del inmueble por utilidad pública. Esta modificación entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que fue el 5 de marzo de 2008. La norma busca dar mayor seguridad jurídica a estas valoraciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden EHA/564/2008 modifica la Orden ECO/805/2003, que establece las normas para valorar bienes inmuebles y derechos con fines financieros. Antes, la aplicación del principio de prudencia en relación con la posibilidad de expropiación no estaba tan detallada. Esta modificación aclara que la expropiación solo se considerará un escenario probable si el proceso ya se ha iniciado o si existe un plan urbanístico que la prevea. Esta norma nacional se alinea con la necesidad de seguridad jurídica en el sector financiero, afectando a entidades que realizan valoraciones para hipotecas, inversiones o seguros, y busca evitar valoraciones infladas o inciertas basadas en meras especulaciones expropiatorias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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