Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ITC/2707/2008, de 26 de septiembre, por la que se determinan los precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados.

BOE-A-2008-15647Publicada: 29/09/2008MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

¿Qué dice esta ley?

**Precios máximos de gas butano y propano envasados congelados temporalmente** Esta orden ministerial establece que los precios máximos de venta de los gases licuados del petróleo (GLP) envasados, como el butano y el propano, no se modificarán automáticamente según las fluctuaciones del mercado internacional. El objetivo es proteger a los consumidores de la volatilidad de los precios de la materia prima y del transporte. Concretamente, se suspende la fórmula que actualizaba estos precios de forma automática. Esto significa que el precio máximo de venta al público se mantendrá congelado temporalmente, sin sufrir las subidas o bajadas que se producirían si se aplicara la fórmula habitual. También se ajusta el descuento que se aplica a la venta de estos gases en comercios y gasolineras. Esta medida entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La suspensión de la fórmula de cálculo de precios se aplica de forma transitoria, hasta que las condiciones del mercado se consideren suficientemente competitivas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, existía un sistema para determinar automáticamente los precios máximos de los gases licuados del petróleo envasados, basado en la Orden ITC/1858/2008. Sin embargo, ante la alta volatilidad de los mercados internacionales, el Gobierno decidió suspender temporalmente esta fórmula. Esta medida, de ámbito nacional, busca proteger a los consumidores de fluctuaciones bruscas. A diferencia de otros mercados más liberalizados, el sector de los GLP envasados aún permite la intervención gubernamental para garantizar precios estables. La orden fue aprobada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, demostrando la importancia de asegurar el acceso a un suministro energético asequible para los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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