Terminación del Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República de la India, hecho "ad referendum" en Nueva Delhi el 30 de septiembre de 1997.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es la terminación de un acuerdo entre España e India para la protección mutua de inversiones que había estado vigente desde el 15 de diciembre de 1998. India comunicó su denuncia el 23 de marzo de 2016, y el acuerdo dejó de tener efecto el 22 de marzo de 2017. **¿A quién afecta?** Afecta a los inversores españoles que tenían inversiones en India y a los inversores indios que tenían inversiones en España, así como a ambos gobiernos en sus relaciones comerciales e inversoras. **¿Qué cambia o establece?** Establece que el acuerdo termina el 22 de marzo de 2017. Sin embargo, para las inversiones que se realizaron antes de esa fecha, todas las disposiciones del acuerdo seguirán siendo válidas durante quince años más, es decir, hasta el 22 de marzo de 2032.
💬 Contexto ciudadano
El Acuerdo Bilateral de Inversiones (BIT) España-India de 1998 forma parte de la red tradicional de tratados de protección de inversiones que España mantiene con más de cincuenta países, comparable al enfoque de otras economías desarrolladas de la UE. India, junto a Indonesia y otros mercados emergentes, ha revisado sistemáticamente estos instrumentos desde 2015 por considerarlos asimétricos, priorizando acuerdos modernos con cláusulas de responsabilidad corporativa. Mientras España ratifica selectivamente nuevos BITs solo en contextos estratégicos, India ha optado por denunciar varios. La terminación afecta principalmente a empresas españolas del sector textil, farmacéutico y tecnológico presentes en India, que pierden mecanismos de arbitraje internacional contra expropiaciones discriminatorias; no obstante, las inversiones anteriores a marzo de 2017 conservan protecciones hasta 2032, moderando el impacto inmediato sobre el tejido empresarial español.