Orden PRE/865/2009, de 2 de abril, por la que se incluyen las sustancias activas tiabendazol y tebuconazol en el anexo I del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.
¿Qué dice esta ley?
**Nuevas normas para proteger la madera contra plagas** Esta orden introduce cambios en la regulación de los biocidas, que son productos químicos diseñados para eliminar o controlar organismos perjudiciales. En concreto, se añaden dos sustancias activas, el tiabendazol y el tebuconazol, a la lista de ingredientes permitidos para la fabricación de biocidas. Estas sustancias se utilizan principalmente para proteger la madera de hongos e insectos. Lo que cambia es que ahora estas dos sustancias están oficialmente reconocidas y evaluadas a nivel europeo para su uso en productos protectores de la madera. Esto significa que las empresas que quieran vender estos productos deberán cumplir con los requisitos establecidos para garantizar su seguridad y eficacia, facilitando su comercialización y el reconocimiento mutuo entre países de la Unión Europea. La orden entra en vigor el 8 de abril de 2009, fecha de su publicación. A partir de entonces, las empresas que utilicen tiabendazol o tebuconazol en sus biocidas protectores de madera deberán asegurarse de cumplir con las nuevas condiciones y requisitos para poder seguir comercializando sus productos legalmente en España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Anteriormente, la comercialización de biocidas en España se regía por el Real Decreto 1054/2002, que transponía una directiva europea. Para que un biocida pudiera ser registrado y comercializado, sus sustancias activas debían estar incluidas en un anexo específico. La presente orden adapta la normativa nacional a directivas europeas que aprueban la inclusión del tiabendazol y tebuconazol, sustancias clave para protectores de madera, en dicho anexo. Esta modificación es crucial para armonizar la regulación a nivel de la UE, permitiendo el reconocimiento mutuo de registros y asegurando un estándar de seguridad y eficacia en toda la Unión. La aprobación de estas sustancias por la Comisión Europea y su posterior transposición nacional es un paso necesario para la industria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────