Real Decreto-ley 8/2017, de 12 de mayo, por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías dando cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014, recaída en el Asunto C-576/13 (procedimiento de infracción 2009/4052).
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una norma que modifica las reglas sobre cómo se contratan y trabajan los estibadores en los puertos españoles. Su objetivo es cumplir una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que consideró que el sistema anterior violaba la libertad de las empresas para establecerse y trabajar en la Unión Europea. **¿A quién afecta?** Afecta a las empresas que trabajan en puertos españoles realizando manipulación de mercancías, a las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP) que actualmente gestionan trabajadores portuarios, y a los miles de trabajadores estibadores que laboran en los puertos. **¿Qué cambia o establece?** Establece la libertad de contratación: las empresas portuarias ya no están obligadas a participar en una SAGEP ni a contratar obligatoriamente a sus trabajadores. Crea centros portuarios de empleo que funcionarán como empresas de trabajo temporal para suministrar trabajadores. Durante un período transitorio de tres años, las SAGEP pueden seguir existiendo y los trabajadores conservan sus derechos, pero con un porcentaje decreciente de uso obligatorio. Los convenios colectivos deben adaptarse en un año o perderán validez automáticamente en lo que restrinja la libertad de contratación.
💬 Contexto ciudadano
Antes de 2017, el régimen portuario español se basaba en un sistema de SAGEP (Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores) que monopolizaban la contratación de trabajadores, obligando a las empresas a participar. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 2014, consideró que esto violaba la libertad de establecimiento comunitaria al crear barreras injustificadas a la entrada de nuevas empresas. El Real Decreto-ley 8/2017 responde a esta condena abriendo la contratación: las empresas pueden contratar directamente sin obligación de usar SAGEP, a través de centros de empleo temporal. Para el ciudadano importa porque reduce costes logísticos, mejorando la eficiencia portuaria y potencialmente los precios de importación y exportación.