ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas a los Anejos II y III del Convenio relativo a la Conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, adoptadas el 6 de diciembre de 2024.

BOE-A-2025-14453Publicada: 14/07/2025MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** Se trata de cambios en dos listas anexadas a un acuerdo europeo sobre protección de animales, plantas y espacios naturales. Estas listas determinan qué especies están protegidas y con qué nivel de restricción. **A quién afecta** A empresas, agricultores y profesionales que trabajan con fauna silvestre (caza, pesca, comercio de especies). También a administraciones públicas que gestionan espacios protegidos, y a ciudadanos que practican actividades como la ornitología o que viven en áreas con especies catalogadas. **Qué cambia** Las enmiendas actualizan qué animales y plantas figuran en las listas de protección. Esto puede significar que algunas especies pasen a estar más protegidas (prohibiendo su captura, venta o comercio) o que se flexibilicen restricciones anteriores. Los países miembros deberán ajustar sus leyes internas para aplicar estas nuevas clasificaciones. **Cuándo entra en vigor** Las enmiendas fueron adoptadas el 6 de diciembre de 2024. Normalmente, los acuerdos de este tipo tienen un período de entrada en vigor que puede oscilar entre meses o años, dependiendo del proceso de ratificación en cada país. Conviene revisar la publicación oficial para confirmar la fecha exacta de aplicación.

💬 Contexto ciudadano

El Convenio de Berna de 1979 sobre conservación de la vida silvestre y del medio natural es uno de los tratados ambientales multilaterales más relevantes del Consejo de Europa, con 50 partes contratantes. Sus anejos II y III listan las especies estrictamente protegidas y las protegidas, respectivamente. Las enmiendas de diciembre de 2024 actualizan estas listas ante la evolución de poblaciones de algunas especies: el debate más intenso fue sobre el lobo europeo, cuya expansión en varios países ha llevado a propuestas de desclasificación de la protección estricta del anejo II al anejo III, permitiendo mayor flexibilidad para gestionar poblaciones en conflicto con la ganadería. Este debate es especialmente relevante para España, donde el lobo ibérico divide opiniones entre comunidades del norte (con mayor conflicto ganadero) y comunidades del sur (donde está extinto). La política española de protección del lobo ha generado litigiosidad autonómica que podría verse afectada por la nueva clasificación europea.

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