Ley 7/2017, de 22 de mayo, de Comunicación y Publicidad Institucional.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una ley que establece los principios y normas que debe cumplir la comunicación e información que realizan las administraciones públicas de La Rioja. Regula cómo los organismos públicos deben comunicarse con los ciudadanos, garantizando que la información sea veraz, objetiva y útil, con responsabilidad y transparencia. **¿A quién afecta?** Afecta a la Administración General de La Rioja, organismos públicos, fundaciones, empresas públicas, el Parlamento de La Rioja, ayuntamientos con más de 5.000 habitantes, universidades públicas financiadas por La Rioja, y las personas o empresas que contraten con estas administraciones. **¿Qué cambia o establece?** Establece que toda comunicación institucional debe cumplir principios de objetividad, veracidad y utilidad pública. Prohíbe campañas de publicidad que no sean objetivas. Extiende estas normas a las redes sociales como medios de difusión. Obliga a planificar y evaluar las actividades de comunicación. Garantiza a los ciudadanos el derecho a solicitar la cancelación o rectificación de información institucional que sea falsa o engañosa.
💬 Contexto ciudadano
La Ley 7/2017 riojana representa un avance normativo en la regulación de comunicación pública, aunque el marco general ya existía en la Ley 19/2013 estatal sobre transparencia. Pese a ser pionera en normas específicas sobre publicidad institucional en redes sociales, otras CCAA como Cataluña (Ley 19/2014) y Andalucía (Ley 1/2014) contaban con regulaciones más desarrolladas. La norma se alinea con directivas UE sobre transparencia administrativa (Directiva 2019/1937), aunque con menor alcance. Su importancia para el ciudadano radica en garantizar información pública veraz y objetiva, permitiendo cuestionar comunicaciones institucionales engañosas y fortalecer el control democrático sobre recursos públicos destinados a comunicación.