Resolución de 28 de junio de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una resolución que publica las tarifas de último recurso de gas natural, es decir, los precios que pueden aplicar las empresas distribuidoras a los consumidores que tienen derecho a este suministro. También establece los precios para gas manufacturado en territorios insulares. Estas tarifas entran en vigor el 1 de julio de 2017 y se dividen en términos fijos (cuota mensual por cliente) y términos variables (precio por kilovatio hora consumido). **¿A quién afecta?** Afecta a los consumidores de gas natural conectados a presiones inferiores a 4 bar con consumos anuales no superiores a 50.000 kilovatios hora al año, que tienen derecho al suministro de último recurso. También afecta a los consumidores de gas manufacturado y aire propanado en territorios insulares, divididos en cuatro categorías según su consumo anual. **¿Qué cambia o establece?** Establece dos tarifas para gas natural: la tarifa TUR.1 para consumos hasta 5.000 kilovatios hora anuales con cuota fija de 4,31 euros mensuales y variable de 5,097607 céntimos por kilovatio hora; y la tarifa TUR.2 para consumos entre 5.000 y 50.000 kilovatios hora anuales con cuota fija de 8,45 euros mensuales y variable de 4,410207 céntimos por kilovatio hora. Para territorios insulares fija cuatro tarifas con precios diferentes según el volumen de consumo.
💬 Contexto ciudadano
La tarifa de último recurso para gas natural representa la evolución del sistema regulatorio español que garantiza acceso garantizado a precios máximos legales, sustituyendo periódicamente las tarifas anteriores según costes variables. Aunque la Directiva 2009/73/CE impulsa la liberalización del mercado energético europeo, España mantiene este mecanismo de protección para consumidores vulnerables, a diferencia de algunos países europeos con mercados completamente liberalizados. Esta resolución nacional se aplica uniformemente en todo el territorio español, aunque algunas comunidades autónomas pueden regular aspectos complementarios del suministro de gas manufacturado. Su relevancia ciudadana radica en establecer precios máximos mensualesy variables vinculantes para distribuidoras, protegiendo especialmente a consumidores residenciales de pequeño consumo frente a fluctuaciones de mercado, asegurando acceso universal a energía esencial a coste controlado.