Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria o de bachillerato.

BOE-A-2010-14305Publicada: 18/09/2010MINISTERIO DE EDUCACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Rectificación en la formación de profesores de secundaria y bachillerato privados** Este Real Decreto corrige un error en una norma anterior que establecía los requisitos de formación para poder dar clases en colegios privados de secundaria y bachillerato. La corrección afecta específicamente a la formación necesaria para impartir las asignaturas de Informática y Tecnologías de la Información y la Comunicación. Lo que cambia es que ahora, además de los ingenieros del área de Enseñanzas Técnicas, también los arquitectos con esa misma formación podrán cumplir los requisitos para ser profesores de estas materias en centros privados. Es una ampliación del abanico de titulaciones válidas. Esta corrección se publica el 18 de septiembre de 2010, pero el error que se subsana se encontraba en el Real Decreto 860/2010, publicado originalmente el 17 de julio de 2010. Por lo tanto, la modificación entra en vigor con la publicación de esta corrección. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 860/2010 establecía los requisitos de formación inicial para el profesorado de centros privados en secundaria y bachillerato. La corrección ahora publicada subsana un error en el Anexo, ampliando las titulaciones válidas para impartir Informática y TIC. Anteriormente, solo se mencionaban títulos de Ingeniero del área de Enseñanzas Técnicas, y ahora se incluyen también los de Arquitecto. Esta modificación, de ámbito nacional, no tiene parangón directo con normativas de otras CCAA o la UE en este detalle específico, pero se enmarca en la regulación general de acceso a la docencia. La importancia radica en asegurar que un mayor número de profesionales cualificados pueda acceder a la enseñanza de estas materias en la educación privada. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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