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ResoluciónNacionalvigente

Acuerdo entre el Reino de España y la República de Chipre sobre protección recíproca de información clasificada, hecho en Madrid el 19 de enero de 2016.

BOE-A-2017-7350Publicada: 27/06/2017MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un acuerdo entre España y Chipre que establece normas para proteger la información clasificada que intercambien entre sí. Se aplica a información generada o compartida en cooperación política, militar, económica, judicial, científica, tecnológica o de cualquier otro tipo. El acuerdo define qué es información clasificada, quién puede acceder a ella, cómo debe protegerse y qué pasa si se divulga sin autorización. **¿A quién afecta?** Afecta a las autoridades competentes de ambos países (en España: el Centro Nacional de Inteligencia, la Oficina Nacional de Seguridad y el Secretario de Estado; en Chipre: la Autoridad Nacional de Seguridad y el Ministerio de Defensa), así como a las empresas e individuos que reciben información clasificada para trabajar en proyectos conjuntos entre los dos países. **¿Qué cambia o establece?** Establece cuatro niveles de clasificación equivalentes entre ambos países: SECRETO, RESERVADO, CONFIDENCIAL y DIFUSIÓN LIMITADA. Obliga a que la información clasificada reciba al menos el mismo nivel de protección que en el país de origen. Prohíbe compartir esta información con terceros sin permiso escrito previo. Requiere que solo personas autorizadas con habilitación de seguridad accedan a la información según su necesidad de conocerla. Exige que se comunique cualquier cambio en el nivel de clasificación de la información.

💬 Contexto ciudadano

España contaba desde hace décadas con normativa nacional de protección de información clasificada, codificada en la Ley de Secretos Oficiales y órdenes ministeriales. Este acuerdo bilateral con Chipre de 2016 se alinea con la arquitectura europea (EUCI) y con acuerdos similares que España ha suscrito dentro de la OTAN y la Unión Europea. Ambos países lo han ratificado; la mayoría de CCAA no participa directamente en estas cooperaciones de seguridad, gestión exclusiva del Estado. Para el ciudadano, importa principalmente si colabora en proyectos de defensa bilaterales, garantizando que la información sensible reciba protección equivalente en ambas jurisdicciones según estándares internacionales.

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