Orden MinisterialNacionalvigente

Orden EHA/1033/2011, de 18 de abril, por la que se modifica la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales y se modifican los Anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación men

BOE-A-2011-7479Publicada: 27/04/2011MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Novedades en la devolución del IVA para entidades humanitarias** Esta orden ministerial introduce un cambio importante para ciertas organizaciones que realizan actividades humanitarias, caritativas o educativas. Permite que estos entes públicos o establecimientos privados puedan solicitar la devolución del IVA que han soportado y que no han podido deducir, siempre que entreguen bienes a organismos reconocidos que los exporten fuera de la Unión Europea para fines humanitarios. Concretamente, lo que cambia es la posibilidad de utilizar el modelo 308 de solicitud de devolución del IVA. Se añade una nueva opción en este modelo para que estas entidades puedan ejercer este derecho a la devolución, facilitando así el proceso y la justificación del importe correspondiente. Esta modificación entra en vigor a partir del 1 de enero de 2011, fecha en la que se introdujo la posibilidad legal de solicitar esta devolución a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para ese año. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, el modelo 308 del IVA se utilizaba principalmente para el recargo de equivalencia y para sujetos pasivos ocasionales. La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 habilitó un nuevo derecho a la devolución del IVA soportado para ciertas entregas de bienes destinadas a fines humanitarios o educativos en el exterior. Esta orden ministerial, de ámbito nacional, adapta el modelo 308 para incorporar este nuevo supuesto, permitiendo a las entidades beneficiarias ejercer dicho derecho. La normativa española, a través de órdenes ministeriales, es la que regula estos modelos de autoliquidación y devolución, a diferencia de otros sistemas donde la normativa europea podría tener un impacto más directo en la definición de los modelos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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