Ley 6/2017, de 5 de julio, de acceso al entorno de personas con discapacidad que precisan el acompañamiento de perros de asistencia.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una ley de la Comunidad Autónoma de Cantabria que establece el derecho de las personas con discapacidad a acceder a lugares públicos, privados de uso colectivo y espacios laborales acompañadas por perros de asistencia. La ley regula el reconocimiento, identificación y registro de estos perros, así como los requisitos que deben cumplir las entidades que los adiestran y los profesionales que los preparan. **¿A quién afecta?** Afecta a las personas con discapacidad que necesitan ir acompañadas por perros de asistencia, a los responsables o propietarios de estos animales, a las entidades de adiestramiento de perros, a los adiestadores profesionales, y a todos los establecimientos, empresas, medios de transporte y espacios públicos o privados de uso colectivo ubicados en Cantabria. **¿Qué cambia o establece?** Establece que las personas con discapacidad con perro de asistencia debidamente acreditado tienen derecho a acceder a lugares públicos, espacios privados de uso colectivo y entornos laborales. Define obligaciones para los usuarios y responsables del animal, crea un registro oficial de perros de asistencia, exige que los adiestramientos cumplan requisitos específicos, y sanciona a quienes denieguen el acceso sin justificación o incumplan las normas de la ley.
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta ley, España carecía de regulación específica sobre perros de asistencia más allá de referencias genéricas en la Ley de Igualdad de Oportunidades (2003). Cantabria se alinea con CCAA como País Vasco y Cataluña, que ya contaban con normativa equivalente, implementando los estándares de la Convención ONU sobre Derechos de Personas con Discapacidad (2006) y la Directiva Europea 2000/78/CE. A nivel estatal, la regulación seguía siendo fragmentaria y sin criterios uniformes de acreditación. Esta ley importa al ciudadano porque establece un marco legal claro que garantiza la accesibilidad efectiva sin discriminación, reconoce profesionalmente el trabajo de adiestramientos mediante registro oficial, y crea obligaciones exigibles a establecimientos y espacios de uso colectivo, fortaleciendo la autonomía e integración social de personas con discapacidad.