Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/3417/2011, de 1 de diciembre, por la que se determina la clasificación del nuevo tramo Ourense-Santiago de Compostela de la línea de alta velocidad Madrid-Galicia y de la nueva estación de Vigo, con motivo de sus respectivas puestas en servicio.

BOE-A-2011-19653Publicada: 17/12/2011MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

**Clasificación de nuevas infraestructuras ferroviarias en Galicia** Esta orden ministerial establece la clasificación oficial de un nuevo tramo de la línea de alta velocidad entre Ourense y Santiago de Compostela, así como de la nueva estación de Vigo-Guixar. La clasificación es un procedimiento administrativo necesario para determinar las características técnicas y operativas de las infraestructuras ferroviarias una vez que entran en servicio. Concretamente, el tramo Ourense-Santiago de Compostela se clasifica como de tipo A, subtipo A.1, indicando que se trata de una línea de alta velocidad. La estación de Vigo-Guixar se mantiene en la categoría 2. Estos cambios son el resultado de la puesta en funcionamiento de estas nuevas infraestructuras y la demolición de la antigua estación de Vigo-Urzaiz. La orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 17 de diciembre de 2011, lo que significa que la clasificación de estas infraestructuras ferroviarias se hizo efectiva a partir de esa fecha, cumpliendo con la normativa vigente para la gestión de la red ferroviaria de interés general. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la clasificación de líneas y estaciones ferroviarias se regía por anexos de órdenes ministeriales previas, como la FOM/898/2005 y sus modificaciones. Estas normativas establecían que la clasificación de nuevas infraestructuras debía realizarse mediante una orden ministerial específica al momento de su puesta en servicio. La presente orden se alinea con este procedimiento, clasificando el tramo Ourense-Santiago de Compostela de la línea de alta velocidad Madrid-Galicia y la estación de Vigo-Guixar. Esta práctica es común a nivel nacional para la gestión de la Red Ferroviaria de Interés General y es fundamental para la correcta operación y administración del sistema ferroviario. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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