Recurso de inconstitucionalidad n.º 4926-2025, contra la disposición adicional octava, disposición transitoria única y disposición final decimonovena de la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
¿Qué dice esta ley?
**Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de prevención del desperdicio alimentario** La Ley 1/2025 obliga a empresas y administraciones a reducir pérdidas de alimentos y donarlos en lugar de destruirlos. Alguien ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional argumentando que tres apartados específicos de esta ley violarían derechos o competencias establecidas en la Constitución. Afecta principalmente a supermercados, restaurantes, productores agrícolas y distribuidoras de alimentos. También toca a asociaciones benéficas que recibirían estas donaciones y a las administraciones locales que tendrían que supervisar el cumplimiento. El recurso cuestiona si la ley invade competencias que corresponden a las comunidades autónomas, o si impone cargas desproporcionadas a empresas sin compensación. Lo que se debate es si el Estado puede obligar a este nivel de control sobre alimentos que van a ser desechados, y cómo se protege a quien dona de posibles demandas si el alimento causa daño. El plazo para que el Tribunal resuelva es de aproximadamente un año desde la presentación. Mientras tanto, la ley continúa vigente desde el 1 de abril de 2025. Si el Tribunal da la razón al recurso, esos apartados se anularían y habría que modificar la ley.
💬 Contexto ciudadano
La Ley 1/2025 de prevención de pérdidas y desperdicio alimentario fue la primera norma de este tipo en España, siguiendo el ejemplo de Francia —que aprobó en 2016 la primera ley europea de este tipo— y de Italia. El recurso de inconstitucionalidad contra sus disposiciones adicional octava, transitoria única y final decimonovena refleja la tensión competencial propia del Estado autonómico: si las CCAA tienen competencias en comercio y agricultura, ¿puede el Estado imponer obligaciones tan detalladas a operadores agroalimentarios? La cuestión es análoga a la que plantearon recursos contra la Ley de Residuos y Suelos Contaminados de 2022. La litigiosidad constitucional en materia de política alimentaria contrasta con la ausencia de impugnaciones similares en Francia, donde el Estado unitario puede legislar sin estos problemas competenciales, poniendo de relieve la tensión estructural del modelo autonómico español en materias de interés general.