Real DecretoNacionalvigente

Orden ESS/487/2012, de 8 de marzo, sobre vigencia transitoria de determinados artículos del Reglamento de los procedimientos de regulación de empleo y de actuación administrativa en materia de traslados colectivos, aprobado por Real Decreto 801/2011, de 10 de junio.

BOE-A-2012-3543Publicada: 13/03/2012MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

**Adiós a la autorización para despidos colectivos** Esta norma aclara cómo se gestionan los despidos colectivos y las reducciones de jornada en las empresas. Antes, la empresa necesitaba un permiso oficial para llevar a cabo estas medidas. Ahora, ese permiso ya no es necesario, lo que agiliza los procesos. Lo que cambia es que las empresas ya no tienen que pedir autorización a la administración para realizar despidos colectivos o para suspender contratos o reducir la jornada laboral. Sin embargo, sí deben informar y consultar con los representantes de los trabajadores, y la autoridad laboral seguirá supervisando que esta consulta se haga correctamente. Esta orden entró en vigor el 13 de marzo de 2012, justo después de que se aprobara una reforma laboral que modificó las leyes sobre estos procedimientos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden ESS/487/2012 surge como una medida para clarificar la aplicación de la reforma laboral de 2012, que eliminó la necesidad de autorización administrativa previa para los despidos colectivos y las medidas de suspensión o reducción de jornada. Antes de esta reforma, la intervención de la autoridad laboral era un requisito fundamental. La nueva normativa, alineada con directivas europeas sobre despidos colectivos, mantiene la obligatoriedad de un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, pero con un rol de supervisión y no de aprobación. Esta aclaración es crucial para la seguridad jurídica de empresas y trabajadores ante la falta de un reglamento completamente nuevo y específico para estos procedimientos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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