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ResoluciónNacionalvigente

Instrumento de ratificación del Protocolo Adicional al Convenio sobre traslado de personas condenadas, hecho en Estrasburgo el 18 de diciembre de 1997.

BOE-A-2017-11117Publicada: 02/10/2017JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un acuerdo adicional que España ratifica para completar el Convenio sobre traslado de personas condenadas de 1983. El protocolo facilita que los países miembros del Consejo de Europa trasladen a presos condenados entre sus territorios, especialmente cuando esas personas intentan huir o serán expulsadas del país donde fueron condenadas. **¿A quién afecta?** Afecta a personas condenadas por un tribunal de un país que se refugian en otro país, o que serán expulsadas de su país de condena. También afecta a los Estados miembros del Consejo de Europa que participen en estos traslasos de presos y al procedimiento judicial entre países. **¿Qué cambia o establece?** Establece que un país puede solicitar a otro que ejecute una condena sin el consentimiento del preso si este intentó escapar o será expulsado. Permite detener a la persona mientras se tramita la solicitud. Prohíbe procesar a la persona trasladada por delitos anteriores, excepto en casos específicos o si no abandona el territorio en 45 días. España formula una declaración especial sobre Gibraltar, dejando claro que su aplicación no cambia la situación territorial ni reconoce derechos sobre ese territorio.

💬 Contexto ciudadano

Antes de este protocolo, el Convenio de 1983 requería el consentimiento explícito del condenado para ejecutar su pena en otro país del Consejo de Europa, permitiendo que delincuentes se negaran a retornar o aprovecharan vacíos procedimentales. Este protocolo adicional flexibiliza ese requisito al permitir traslasos sin consentimiento cuando la persona intentó escapar o será expulsada, alineando a España con la mayoría de países europeos ratificantes. Para el ciudadano, reduce los espacios de impunidad transnacional y acelera ejecuciones de condenas, aunque con garantías procesales más estrictas. La reserva española sobre Gibraltar responde a una estrategia diplomática de no reconocimiento territorial.

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