Orden HAP/1181/2012, de 31 de mayo, por la que se aprueba el modelo 250, Gravamen especial sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español.
¿Qué dice esta ley?
**Nuevo impuesto para repatriar beneficios extranjeros** Esta orden ministerial aprueba un modelo de declaración, el 250, para un gravamen especial. Este impuesto se aplica a dividendos y ganancias obtenidas por la venta de participaciones en empresas extranjeras, especialmente aquellas ubicadas en paraísos fiscales. El objetivo es permitir la repatriación de estos beneficios sin que tributen directamente en el Impuesto de Sociedades, bajo ciertas condiciones y hasta una fecha límite. Concretamente, se crea un mecanismo para que las empresas españolas puedan traer a España ciertos beneficios generados en el extranjero, que de otra manera no podrían beneficiarse de exenciones fiscales habituales. Esto se hace a través de un gravamen especial que se paga al repatriar estos fondos, evitando así su inclusión en la base imponible general del Impuesto de Sociedades. La orden entró en vigor el 4 de junio de 2012, y el gravamen especial se aplicaba a las rentas devengadas hasta el 30 de noviembre de 2012. La presentación del modelo 250 se realiza de forma telemática y exclusivamente en formato electrónico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden HAP/1181/2012 introduce el modelo 250 para un gravamen especial sobre rentas de fuente extranjera, aprobado por el Real Decreto-ley 12/2012. Anteriormente, estas rentas, especialmente las procedentes de entidades en territorios de nula tributación o paraísos fiscales, no podían acogerse a la exención del artículo 21 de la Ley del Impuesto de Sociedades. Esta medida nacional busca facilitar la repatriación de capitales, permitiendo que no se integren en la base imponible del Impuesto de Sociedades hasta el 30 de noviembre de 2012. A diferencia de otras normativas, como las de la Unión Europea que promueven la transparencia fiscal, esta orden crea un mecanismo específico para la repatriación de beneficios bajo un gravamen especial, con el fin de reducir el déficit público. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────