Corrección de errores del Real Decreto 827/2017, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre, sobre compensación, liquidación y registro de valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta, sobre el régimen jurídico de los depositarios centrales de valores y de las entidades de contrapartida central y sobre requisitos de transparencia de los emisores de valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una corrección de un error detectado en el Real Decreto 827/2017, de 1 de septiembre. El error se encuentra en el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado número 211, del 2 de septiembre de 2017, en la página 86629. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las personas y entidades que operan en los mercados de valores, incluyendo depositarios centrales de valores, entidades de contrapartida central y emisores de valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales. **¿Qué cambia o establece?** Corrige una frase incompleta en el apartado II, párrafo primero. Donde decía «Para ello se deroga su disposición adicional segunda, y se determina la fecha y los términos en los que tendrá lugar dicha.», ahora debe decir «Para ello se deroga su disposición adicional segunda, y se determina la fecha y los términos en los que tendrá lugar dicha aplicación.» Se añade la palabra «aplicación» para completar correctamente el sentido de la disposición.
💬 Contexto ciudadano
El Real Decreto 827/2017 representa la consolidación de la normativa estatal española sobre estructura de mercados de valores, sustituyendo disposiciones anteriores tras la transposición de directivas europeas en materia de servicios financieros. Esta corrección técnica, aunque formal, corrige una ambigüedad introducida en la redacción original que afectaba a la claridad interpretativa de disposiciones derogatorias sobre depositarios centrales. A diferencia de otras CCAA que carecen de competencias normativas en este ámbito —regulado únicamente a nivel estatal—, la alineación con estándares europeos EMIR y CSDR garantiza seguridad jurídica tanto para inversores como para instituciones financieras, evitando litigios derivados de incertidumbre normativa en un sector crítico de la economía.