Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.
¿Qué dice esta ley?
**Pago de tasas judiciales para pleitos civiles, contencioso-administrativos y sociales** Esta orden ministerial establece los modelos y procedimientos para pagar la tasa judicial. Esta tasa se aplica cuando se inicia un procedimiento en los juzgados de lo civil, de lo contencioso-administrativo (que revisan actos de la administración) o de lo social (laboral). El objetivo es que quienes acuden a la justicia contribuyan a su financiación. Concretamente, la orden aprueba los formularios para autoliquidar la tasa (pagarla) y para solicitar la devolución si se llega a un acuerdo extrajudicial o si se acumulan varios procesos. Se detallan los lugares, las formas de pago, los plazos y cómo presentar estos documentos ante la administración de justicia. Esta orden entró en vigor el 15 de diciembre de 2012, siendo el momento a partir del cual se debían seguir estos nuevos modelos y procedimientos para el pago de la tasa judicial en los ámbitos mencionados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta orden, la regulación de las tasas judiciales en España era diferente, habiendo sido introducida por la Ley 53/2002 y modificada posteriormente. La Ley 10/2012, que esta orden desarrolla, supuso una reforma significativa al establecer un sistema de tasas con cuantías fijas y variables en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social a nivel estatal. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podían tener sus propias tasas, esta regulación tenía un alcance nacional. Su aprobación por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas buscaba unificar y clarificar el pago de estas tasas, lo que es relevante para entender el coste de acceso a la justicia para ciudadanos y empresas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────