Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HAP/566/2013, de 8 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico Común.

BOE-A-2013-3862Publicada: 12/04/2013Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

¿Qué dice esta ley?

**Tu papeleo con la Administración ahora es más fácil y digital** Esta orden regula el Registro Electrónico Común, que es como una oficina virtual donde puedes presentar tus escritos, solicitudes y comunicaciones a la Administración General del Estado. Su objetivo es simplificar y agilizar los trámites para ti, ciudadano. Lo que cambia es que se unifican y actualizan las normas para que este registro funcione mejor, adaptándose a las nuevas estructuras ministeriales y a las exigencias de seguridad e interoperabilidad digital. Esto significa que la presentación de documentos se hace de forma más eficiente y segura. Esta orden entró en vigor el 12 de abril de 2013, estableciendo las bases para un sistema de registro electrónico más moderno y accesible para todos los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden HAP/566/2013 actualiza la regulación del Registro Electrónico Común, que ya existía desde 2009 para facilitar la presentación electrónica de documentos ante la Administración General del Estado. Esta normativa se alinea con la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos y con los Esquemas Nacionales de Seguridad e Interoperabilidad. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pueden tener sus propios registros, esta orden se centra en la Administración General del Estado. Su importancia radica en consolidar un sistema de gestión electrónica de trámites, mejorando la eficiencia administrativa y la experiencia del ciudadano en sus interacciones con el Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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