Real Decreto 578/2013, de 26 de julio, por el que se establecen medidas de acción positiva aplicables a las personas con discapacidad que participen en las convocatorias anuales de pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada, en desarrollo del artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
¿Qué dice esta ley?
**Más plazas de formación sanitaria para personas con discapacidad** Este Real Decreto establece medidas para asegurar que las personas con discapacidad tengan más oportunidades de acceder a plazas de formación sanitaria especializada en España. Busca garantizar que, en las convocatorias anuales de estas pruebas, un porcentaje mínimo de las plazas ofertadas se reserve para quienes tengan reconocida legalmente su discapacidad. Concretamente, se establece que al menos el 7% de las plazas convocadas para formarse como especialista en ciencias de la salud deben poder ser cubiertas por personas con discapacidad. Para ello, deberán cumplir con los requisitos generales de la convocatoria, superar las pruebas selectivas y demostrar que su condición es compatible con el ejercicio de la especialidad elegida. Esta normativa entró en vigor tras su aprobación por el Consejo de Ministros el 26 de julio de 2013, desarrollando lo ya previsto en una ley anterior sobre ordenación de las profesiones sanitarias y adaptándose a normativas internacionales sobre derechos de las personas con discapacidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la Ley 44/2003 ya contemplaba la posibilidad de reservar plazas para personas con discapacidad en la formación sanitaria especializada, pero este real decreto concreta y refuerza esa medida. Establece un porcentaje mínimo del 7% de plazas reservadas, algo que no existía de forma tan explícita a nivel nacional. Si bien otras comunidades autónomas o normativas europeas pueden tener enfoques similares en materia de acceso e igualdad, este real decreto unifica y garantiza esta acción positiva en todo el territorio español para el acceso a la formación de especialistas sanitarios. Su aprobación por el Gobierno central, tras informes de diversos organismos y consulta a las CCAA, subraya la importancia de asegurar la inclusión en un sector clave como es la sanidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────