Real DecretoNacionalvigente

Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, por la que se modifican los anexos II, IX, X y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

BOE-A-2025-15231Publicada: 23/07/2025MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

¿Qué dice esta ley?

**Cambios en las reglas de inspección y homologación de vehículos** Modifica los requisitos técnicos que deben cumplir los coches, motos y camiones para circular legalmente en España. Actualiza los criterios de seguridad, contaminación y características que se verifican en las inspecciones técnicas periódicas (ITV) y en la homologación inicial de nuevos modelos. **A propietarios de vehículos, talleres de reparación y fabricantes** Los dueños de coches verán cambios en lo que se revisa en la ITV. Los talleres autorizados deberán adaptarse a nuevos procedimientos de certificación. Los fabricantes que comercialicen vehículos en España necesitarán cumplir criterios actualizados desde el principio. **Qué mejora concretamente** Se unifican y actualizan estándares técnicos obsoletos en cuatro anexos clave del reglamento. Esto significa inspecciones más precisas, eliminación de trámites redundantes y alineación con normativas europeas vigentes. Por ejemplo, algunos requisitos de emisiones y seguridad se ajustan a estándares internacionales más actuales, lo que simplifica la obtención de permisos para nuevos modelos de vehículos ecológicos o autónomos. **Entrada en vigor: 22 de julio de 2025** Rige desde el día siguiente a su

💬 Contexto ciudadano

El Reglamento General de Vehículos de 1998 ha sido modificado en numerosas ocasiones para adaptarse a la evolución tecnológica del sector y a las directivas europeas de homologación. La modificación de 2025 actualiza cuatro anexos técnicos, probablemente relacionados con los nuevos Reglamentos de homologación de la UE (el marco legislativo UE 2018/858 que sustituyó a las directivas anteriores) y con los requisitos para vehículos eléctricos y autónomos que los anexos de 1998 no contemplaban. La comparación con la rapidez de adaptación normativa en Alemania —donde el Kraftfahrt-Bundesamt actualiza los marcos técnicos con mayor agilidad— o en los Países Bajos —pioneros en homologación de vehículos eléctricos— muestra que España necesita mayor velocidad de adaptación en el sector de movilidad para no convertirse en un freno para la electrificación del parque automotor.

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