Orden MinisterialNacionalvigente

Orden EIC/1187/2017, de 29 de noviembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la VIII Serie de "Joyas Numismáticas".

BOE-A-2017-14374Publicada: 07/12/2017MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden del Ministerio de Economía que autoriza la creación, acuñación y venta de la VIII Serie de monedas de colección llamada "Joyas Numismáticas" durante el año 2017. Se trata de monedas especiales de oro y plata que reproducen piezas históricas españolas antiguas, no destinadas a circular como dinero de uso común, sino como artículos de colección. **¿A quién afecta?** Afecta a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que es la encargada de fabricar estas monedas, y al Banco de España, que recibirá y distribuirá las monedas acuñadas. También afecta a los ciudadanos y coleccionistas interesados en adquirir estas monedas especiales. **¿Qué cambia o establece?** Establece que se acuñen tres tipos de monedas de colección: una de 100 euros en oro (reproducing dos escudos de Felipe V de 1731), una de 20 euros en oro (reproduciendo una peseta de Juan Carlos I de 2001) y una de 10 euros en plata (reproduciendo ocho reales de Carlos IV de 1808). Fija un máximo de 2.500 piezas de la moneda de 100 euros y 7.500 piezas de cada una de las otras dos denominaciones. Determina que la emisión comience en el cuarto trimestre de 2017 y que la Fábrica Nacional de Moneda acuñe estas monedas por cuenta del Estado.

💬 Contexto ciudadano

Las monedas de colección españolas tienen precedentes en series anteriores reguladas similarmente, siendo la VIII Serie parte de una tradición continuada de emisión controlada. A nivel estatal, la Fábrica Nacional de Moneda mantiene el monopolio de acuñación conforme a la normativa de banco central, mientras que otras comunidades autónomas carecen de competencia para emisión monetaria. En la eurozona, cada país miembro puede emitir monedas de colección con estatus variable según legislación nacional, siendo España frecuente en estas emisiones conmemorativas. La autorización ministerial se alinea con directivas europeas de regulación monetaria que permiten curso limitado a estos valores. Para el ciudadano, esta orden genera oportunidades de inversión en activos con respaldo estatal y valor patrimonial-cultural, permitiendo acceso a reproducciones de piezas históricas con reconocimiento legal, aunque su utilidad práctica como dinero es simbólica. La limitación de tiradas (máximo 2.500-7.500 unidades) resguarda valor numismático y accesibilidad simultáneamente.

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