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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 9 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de carga igual o superior a 8 kg., e inferior a 20 kg., excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante.

BOE-A-2015-9844Publicada: 14/09/2015MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

**Nuevos precios máximos para bombonas de gas** Esta resolución establece los precios máximos de venta, antes de impuestos, para las bombonas de gas licuado de petróleo (GLP) de entre 8 y 20 kg. Estos precios se revisan periódicamente para asegurar que sean justos y reflejen los costes del mercado. Lo que cambia es que se publican los nuevos importes que los consumidores deberán pagar por estas bombonas de gas. La finalidad es que los precios sean transparentes y se actualicen de forma regular, garantizando así un mercado competitivo y accesible para todos los ciudadanos que utilizan este tipo de combustible. Estos nuevos precios entraron en vigor el 15 de septiembre de 2015. La actualización se realiza cada dos meses, y los nuevos precios comienzan a aplicarse el tercer martes del mes en que se lleva a cabo la revisión, asegurando una adaptación constante a las condiciones del mercado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, los precios de las bombonas de gas se determinaban y actualizaban según un sistema establecido por la Orden IET/389/2015. Esta normativa nacional permite una revisión bimestral de los precios máximos de venta, antes de impuestos, para los gases licuados de petróleo envasados. La Dirección General de Política Energética y Minas es la encargada de calcular y publicar estos precios en el Boletín Oficial del Estado. A diferencia de otras normativas autonómicas o europeas que podrían tener enfoques distintos, esta resolución se aplica a nivel estatal, unificando los precios máximos para la mayoría del territorio español, con ciertas particularidades para Canarias, Ceuta y Melilla. Su importancia radica en garantizar la transparencia y la accesibilidad a un suministro energético esencial para muchos hogares. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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